dissabte, 5 de novembre del 2011

6 MESES DE PRISIÓN POR IMPEDIR LA INST. DE UNA ANTENA

  Un hombre de Jerez de los Caballeros, ha sido condenado a 6 meses de cárcel por impedir la instalación de una antena de tv, en la cubierta del edificio en el que vive. Todo comienza cuando un vecino de ese edifico pide permiso para colocar esta antena,  y ante la negativa obtenida decide denunciar a esta persona. El Juzgado de Primera Instancia da la razón al denunciante, y condena al denunciado a que permita el paso por su vivienda y  que se instale la antena en el edificio, garantizando al denunciado que se realizará por una empresa cualificada y que no le reportará ningún gasto dicha instalación.
  Ante el incumplimiento de la sentencia, el juzgado requiere personalmente al denunciado avisándole que si persiste en su postura concurriria en una falta grave de desobediencia, después de varios avisos sin que se acabará acatando la sentencia, se procede a acordar un dia  y  hora ,en el cual se produjera el cumplimiento de la obligación, avisándole de que podría incurrir en un delito. LLegado este día el denunciado se ausenta de casa, y el juez observando que no habia causa justificada para esta ausencia lo acusa de desobediencia grave a la autoridad y lo condena a una pena de seis meses de prisión.

  Este caso nos lleva al extremo de lo que no debiera suceder nunca en una comunidad de vecinos. Hoy dia es una petición habitual la instalación de antenas parabólicas en los edificios, sobre todo por la gran variedad de nacionalidades de la inmigración que hemos tenido estos últimos años. La situación típica es que se produzca esta petición y se deniegue rápidamente por los vecinos que hace años que viven en ese edificio ante lo que parece la intrusión de un extraño, lo que produce el lógico conflicto. Para evitar esto nosotros recomendamos a las  comunidades de vecinos que en sus estatutos ya prevean como solucionar estas situaciones de tal manera que en los mismos reflejen donde se tienen que instalar estas antenas, por donde tienen que pasar los cables hasta los pisos, y qué empresa cualificada realizará la instalación.
  La ley ampara al vecino que desee recibir en su casa cualquier tipo de servicio de telecomunicación exterior, por lo que la comunidad de vecinos no se puede oponer a que se haga una instalación individual, siempre y cuando no dé el servicio deseado a nivel colectivo. Lo que sí tiene que hacer es poner las condiciones de como se realizará la instalación individual.

  Tramuntel telecomunicacions

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