Las cámaras de seguridad forman parte de nuestras vidas, la tecnología ha puesto a nuestro alcance dispositivos que pueden grabar y almacenar las imagenes de lo que sucede a nuestro alrededor. Sabemos que por donde queramos que vayamos, empresas, locales publicos, recintos privados ,comercios, colegios, etc, disponen de cámaras de videovigilancia que estan grabando las 24 horas del dia, lo cual permitirá a la policia averiguar y esclarecer un suceso acaecido delante de ellas.
Para garantizar los derechos de las personas grabadas, este tipo de instalaciones están sujetas a una normativa legal, la cual se encuentra detallada en la LOPD, (Ley Orgánica de Protección de Datos), y en ella se indican las pautas a seguir que todo aquel que desee tener una instalación de videovigilancia a de conocer para no incurrir en una ilegalidad y con ello sufrir una penalización.
Entre las exigencias que marca la ley, se encuentra la de colocar en lugar visible carteles informativos conforme el recinto esta siendo vigilado, con indicación de la entidad a la que nos debemos dirigir en el caso que deseemos que nuestras imágenes sean eliminadas, el máximo de tiempo que se pueden guardar los archivos de video es de 30 dias, además es necesaria la inscripción del fichero de imágenes en el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La colocación de una cámara tiene que justificar el fin de seguridad y vigilancia para la que se instaló, no se pueden instalar alegremente para filmar la via pública, o al vecino de al lado.
En TRAMUNTEL TELECOMUNICACIONS S.L., (empresa homologada con el nº 21581), analizamos las peculiaridades de cada situacion a cubrir para ofrecer a nuestros clientes la solución a medida que mejor se adapte a sus necesidades y presupuesto. Nada mejor que confiar en una empresa con nuestra experiencia para que tengan la tranquilidad de que su instalación de videovigilancia cumple con todos los requisitos que marca la ley, y que se han utilizado los mejores materiales a nuestra disposición. No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier información o solicitar un presupuesto sin compromiso.
Tramuntel telecomunicacions.
Para garantizar los derechos de las personas grabadas, este tipo de instalaciones están sujetas a una normativa legal, la cual se encuentra detallada en la LOPD, (Ley Orgánica de Protección de Datos), y en ella se indican las pautas a seguir que todo aquel que desee tener una instalación de videovigilancia a de conocer para no incurrir en una ilegalidad y con ello sufrir una penalización.
Entre las exigencias que marca la ley, se encuentra la de colocar en lugar visible carteles informativos conforme el recinto esta siendo vigilado, con indicación de la entidad a la que nos debemos dirigir en el caso que deseemos que nuestras imágenes sean eliminadas, el máximo de tiempo que se pueden guardar los archivos de video es de 30 dias, además es necesaria la inscripción del fichero de imágenes en el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La colocación de una cámara tiene que justificar el fin de seguridad y vigilancia para la que se instaló, no se pueden instalar alegremente para filmar la via pública, o al vecino de al lado.
En TRAMUNTEL TELECOMUNICACIONS S.L., (empresa homologada con el nº 21581), analizamos las peculiaridades de cada situacion a cubrir para ofrecer a nuestros clientes la solución a medida que mejor se adapte a sus necesidades y presupuesto. Nada mejor que confiar en una empresa con nuestra experiencia para que tengan la tranquilidad de que su instalación de videovigilancia cumple con todos los requisitos que marca la ley, y que se han utilizado los mejores materiales a nuestra disposición. No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier información o solicitar un presupuesto sin compromiso.
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